Vida laboral hasta 75 años: un mayor debate de la propuesta.

 

Vida laboral hasta 75 años: un mayor debate de la propuesta.

Congreso rumbo a elevar a 75 años la edad de jubilación | Comisión de  Trabajo | MTPE | AFP | | Economía | La República


ANÁLISIS DE LA INICIATIVA LEGISLATIV


Experto Jorge Luis Acevedo afirma que el planteamiento debería ser adecuadamente analizado en las comisiones de Trabajo y de Economía del Congreso de la República a partir de marzo.


La iniciativa legislativa que plantea ampliar hasta los 75 años el límite de cese de un trabajador debería ser adecuadamente analizada en las comisiones de Trabajo y de Economía del Congreso, porque su aprobación repercutiría en dos aspectos: la vida laboral de los adultos mayores y las aspiraciones de los jóvenes que buscan empleo, sostuvo el abogado Jorge Luis Acevedo Mercado.
El experto analizó los alcances del Proyecto de Ley N° 1505/2021-CR y otros, que plantean modificar el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de La Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral; y la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a fin de extender el límite de edad para el cese del trabajador.

Análisis
 
“Una propuesta como esa debería ser adecuadamente analizada en las comisiones de Trabajo y de Economía, porque no solo implica una mejora para los trabajadores que efectivamente se encuentran laborando, que quieren extender su vínculo laboral y no cesar por jubilación a los 70 años, lo cual podría ser una aspiración atendible si consideramos que subió la esperanza de vida”, afirmó.
 
Sin embargo, dijo, en la razón de una “jubilación obligatoria” o un límite de edad no solo se debería presumir que no es una edad en la que el trabajador pueda continuar realizando su labor, porque eso sería discriminatorio, sino también porque una rotación del personal permite que se distribuya el empleo entre los más jóvenes. “Hay un mercado juvenil que requiere empleo”, recalcó.
“Cuando se fija un límite de edad, una de las finalidades lícitas, y eso también lo analizó el Tribunal Constitucional español, es que hay una distribución del empleo, los que acumulan 70 años o el tope correspondiente del país sale del mercado, tienen sus pensiones y entran en el mercado laboral los jóvenes que recién salen de las universidades o de los colegios”, explicó.
 
Acevedo aseguró que esa es la finalidad de fijar un límite de edad. “No es quitarles el empleo a los adultos mayores per se, porque no sería válido, sino la finalidad detrás es que efectivamente haya un reemplazo de ese personal que se va con sus pensiones”, subrayó.
 
El problema, refirió, son las pensiones, pues si estas fueran más altas, “nadie se preguntaría si es razonable extender la edad laboral, sino que todo el mundo le gustaría jubilarse antes. Si me voy a jubilar a los 65, 70 años y sé que recibiré una buena pensión como en otros países, que a los 62, 63 y 65 se están retirado, con una buena pensión, entonces para qué extender mi vida laboral. No tiene mucho sentido”.
 
“Pero acá, en el Perú, como las pensiones no son buenas, entonces, en lugar de subirlas se quiere extender la vida laboral de un trabajador hasta los 75 años. Y como digo si bien puede ser atendible, hay razones para proteger al trabajador, también existen otras temas que no se han sopesado como la distribución del empleo entre los jóvenes que recién están saliendo al mercado de trabajo y esa ponderación no la veo en el dictamen que sustenta este proyecto”, enfatizó.
 
Para el experto laboralista, la redacción de la normativa vigente no debería cambiar si es que no existe detrás un estudio que pondere el tema. La finalidad de un cese de límite de edad cuál debería ser, solo quitarles a los trabajadores adultos mayores el derecho a seguir trabajando o renovar el mercado de trabajo, se preguntó.
 
El proyecto, expresó, no debería ser aprobado sin antes efectuar una discusión sostenida, sólida, con participación de todos los actores, incluso del Consejo Nacional del Trabajo. Entre trabajadores y empleadores, los gremios, se había consensuado que el límite de edad era 70 años, ahí no había discusión, anotó.
 
Por lo tanto, puntualizó, el tema debería ser parte de un análisis mayor, no solo en la Comisión Permanente del Parlamento, sino también en marzo, cuando reanuden sus labores las comisiones de Trabajo y de Economía, que tengan “una discusión muy sólida con informes técnicos que sustenten esta medida”.
 
Pacto en contrario

Jorge Luis Acevedo mencionó que se permite el pacto en contrario, por lo que en la actividad privada no necesariamente un trabajador a los 70 años se va de la empresa y permanece si es que existe ese acuerdo. “Tal vez se pueda hacer algo parecido para el sector público. Entiendo que ahí sí a los 70 años se van. Quizá se podría habilitar un tipo de relación laboral temporal, ya no con estabilidad laboral absoluta, que permita a los trabajadores estatales rendir un examen, probablemente, organizar una especie de un miniconcurso público para continuar ocupando las plazas”, indicó. El servicio público, afirmó, necesita que el personal esté adecuadamente capacitado y evidentemente apto para efectuar esa labor. “¿Cómo se acredita esto?, pues con un examen de conocimientos sobre el perfil que se pueda aprobar cada año, probablemente, y eso permitiría que el trabajador pueda seguir en el sector público brindando sus servicios con la experiencia que ya tiene”, enfatizó. Para el sector privado basta con el convenio entre las partes a fin de que el trabajador pueda continuar laborando después de los 70 años, recalcó.

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